Con fecha 7 de junio de 2.017 la Comisión de la Unión Europea adoptó la Decisión (UE) 2017/1246 en virtud de la cual se aprobaba el régimen de resolución del Banco Popular Español, S.A. Con esta decisión se frustraron buena parte de las expectativas creadas en los clientes del Banco que, aconsejados por la propia entidad, acudieron a la última de ampliación de la entidad financiera y adquirieron acciones. Igualmente, ello supuso la pérdida de la totalidad de los ahorros que los clientes de la entidad invirtieron en obligaciones subordinadas o bonos convertibles.
En la actualidad existen varios procedimientos judiciales en los que se está investigando, entre otras cuestiones, si la información facilitada por la entidad financiera al momento en el que comercializó la última ampliación de capital se ajustaba a la realidad económica y contable de la misma.
En estas circunstancias, el despacho Veritas et Iure Abogados está llevando a cabo actuaciones, en defensa de los intereses de sus clientes, tendentes a:
1.- En primer lugar, suspender los plazos de prescripción y/o caducidad de los afectados y así evitar que se puedan ver privados de su derecho a reclamar.
2.- Analizar individualmente con cada uno de los clientes la propuesta que desde el banco que ha adquirido la entidad Banco Popular Español, S.A. se les está haciendo llegar.
3.- Obtener la documentación necesaria para, en su caso, acreditar las posibles irregularidades en las que ha podido incurrir la entidad financiera Banco Popular Español, S.A. en los últimos meses, desde la última ampliación de capital hasta su resolución en el marco del Mecanismo Único de Resolución.
Si eres una de las personas que se ha podido ver afectada por la resolución de la entidad Banco Popular Español, S.A. no dude en contactar con nosotros. Le informaremos de las actuaciones a realizar, así como del estado del trabajo que el despacho ha venido realizando en los últimos meses.