La acción principal que se ejercita por este despacho en los casos en los que una o varias personas han perdido parte o la totalidad de sus ahorros como consecuencia de la inversión en participaciones preferentes y/u obligaciones subordinadas es la nulidad de los contratos de suscripción de dichos productos.

Sólo será nulo un contrato de participaciones preferentes y/u obligaciones subordinadas cuando ante la falta de experiencia y conocimiento, así como la falta de información por parte del personal de la entidad financiera, el afectado no haya podido conocer su significado, funcionamiento, naturaleza y riesgos.